Bases legales sorteo de navidad

PRIMERO. -  EMPRESA ORGANIZADORA DE LA PROMOCIÓN

La presente promoción se organiza por la entidad Montesano Extremadura SA., con CIF nº A-06279533 , domiciliada en Ctra. Nacional 435 km 234 Jerez de los Caballeros, Badajoz 06380, (en adelante, la “COMPAÑÍA”).

 SEGUNDO. - OBJETO DE LA PROMOCIÓN

A través de la presente promoción (en adelante, la “Promoción”) la COMPAÑÍA pretende promocionar las ventas de los productos que fabrica y/o comercializa además del aumento de base de datos de contacto.

 TERCERO. - ÁMBITO GEOGRÁFICO

El sorteo se desarrollará exclusivamente en el territorio español. Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años, residentes legales en España y con plena capacidad de obrar que realicen compras en la web de www.ibericosmontesano.es. Por valor igual a superior a 150€
Quedan excluidos los empleados de la empresa organizadora, así como sus familiares directos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

 CUARTO. - ÁMBITO TEMPORAL

El sorteo comenzará el 8 de diciembre de 2024 a las 08:00 horas y finalizará el 7 de enero de 2025 a las 23:59 horas. El ganador será seleccionado durante los 7 días siguientes a la finalización del sorteo.
La empresa organizadora se reserva el derecho de modificar las fechas de inicio y fin del sorteo por razones justificadas o por circunstancias ajenas al control de la empresa organizadora Cualquier modificación será comunicada con la debida antelación.

 QUINTO. - COMUNICACIÓN

La Promoción se comunicará al público por la COMPAÑÍA a través del perfil de META @Ibericosmontesano a través de formularios publicitarios propios del administrador de anuncios de la plataforma

 SEXTO. - PREMIO

El premio que se va a entregar a los ganadores de la presente Promoción es: 

 Un crédito igual al precio de una compra realizada durante el mes desde el 8 de Diciembre de 2024 y hasta el 7 de enero del 2025 para gastar en la web de Ibéricos Montesano.

El premio consiste en un crédito por el valor total de la compra (antes de impuestos y gastos de envío) realizada por el ganador durante el mes de diciembre de 2024 y hasta el 7 de enero del 2025 Este crédito:

  • Será válido exclusivamente para compras en la web oficial hasta el 1 de junio de 2025.
  • No incluirá impuestos ni gastos de envío.
  • Será único y personal, no acumulable ni divisible en varias transacciones.
  • Habrá un ganador y dos suplentes, seleccionados entre todas las compras realizadas durante el período promocional.

A los premios de la presente Promoción les será de aplicación lo establecido en los apartados 9.4 y 9.7 de las presentes bases legales.

Condiciones del premio:

  • El premio será gestionado como crédito en la cuenta personal del cliente en la web oficial y se mantendrá activo hasta el 1 de junio de 2025, siendo necesario el acceso con las credenciales de usuario para su uso.”
  • El premio no podrá canjearse por su valor en metálico ni intercambiarse por otros productos o servicios
  • La empresa se reserva el derecho de modificar el premio por otro de valor equivalente si surgieran problemas de disponibilidad.

Normativa fiscal:
El premio estará sujeto a la normativa fiscal vigente. Si el valor del premio supera los 300€, la empresa organizadora asumirá la retención fiscal correspondiente, entregando el premio libre de impuestos al ganador.

SÉPTIMO. - MECÁNICA

Todas aquellas personas que deseen participar en la Promoción deberán cumplir con los requisitos establecidos en los términos y condiciones de las presentes bases.

La mecánica de la Promoción será la que se detalla a continuación:

  • La acción se desarrollará en la web oficial: ibericosmontesano.es.
  • Se informará a los usuarios mediante un pop-up en la tienda online, así como en campañas publicitarias en redes sociales (Meta).
  • Para participar, los usuarios deberán inscribirse en el sorteo vía pop Up rellenando correctamente todos los campos solicitados en el formulario de participación.
  • Para participar, los usuarios deberán aceptar las bases legales. Adicionalmente, podrán optar por recibir comunicaciones comerciales de la marca.
  • Una vez inscritos, realizar una compra igual o superior a 150€ (antes de gastos de envío)
  • Cada 150€ de compra equivaldrán a una participación en el sorteo.
  • La comunicación de la participación se hará vía email una vez se inscriba al sorteo, acepte las bases legales y efectúe una compra por un valor superior a los 150€ con el mismo el email con el que se ha suscrito

Al aceptar las presentes bases, usted consiente expresamente el intercambio de comunicaciones a través de redes sociales y otras herramientas de intercambio de voz, datos imágenes y otro tipo de contenidos, tales como WhatsApp, Twitter, LinkedIn, Facebook, Instagram, etc.) y el tratamiento de sus datos personales e información suministrada a efectos del desarrollo de la presente Promoción tal y como se describe arriba.

 

De igual forma, usted entiende que los mensajes, vídeos, imágenes y demás información que usted incluya en las citadas comunicaciones, así como la comunicación en sí misma, se envían de forma abierta y por tanto no puede considerarse en ningún caso que se realice a través de un medio o canal cerrado sobre el cual pueda predicarse confidencialidad alguna.  La participación en la mencionada Promoción comporta la aceptación de dichos términos y condiciones y el consentimiento expreso a los mismos.

 

En  todo  caso,  la  COMPAÑÍA  podrá  excluir  de  la  participación  aquellos contenidos aportados por los Participantes que incluyan nombres o referencias reales de personas, aquellas que tengan contenido racista, erótico y/o sexual, que inciten a la violencia, que incluyan de cualquier manera derechos de propiedad intelectual de terceros ajenos a la COMPAÑÍA, cuyo contenido se refiera a otras marcas de ibéricos o que, de cualquier manera, puedan ser susceptibles de afectar a la imagen de marca, que tengan carácter ofensivo.

 

La falta de veracidad, inexactitud o carácter incompleto de las manifestaciones del Participante a estos efectos, no le exime de las responsabilidades en las que incurre, exonerando en cualquiera de los anteriores supuestos a La COMPAÑIA y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo del evento/experiencia en que consiste el Premio de cualquier responsabilidad y manteniéndoles indemnes de las mencionadas posibles consecuencias adversas que pudiera sufrir. En particular, el Participante renuncia a reclamar en tales casos a Montesano Extremadura S.A. y a cualquier otra entidad vinculada con la organización y desarrollo la promoción en que consiste el Premio, cualquier supuesto de posible lucro cesante.

De entre los Participantes de la Promoción habrá 1 ganadores y 2 suplentes en la promoción, que se determinarán según lo establecido en la Cláusula Octava (en adelante, el “Ganador”). 

OCTAVO. - SORTEO

El ganador de la Promoción se determinarán de la siguiente forma:

El Ganador se determinarán de entre los usuarios que se hayan registrado como Participantes de la Promoción de conformidad con lo establecido en estas bases.

El Ganador de la Promoción se determinará durante los 7 días naturales posteriores a la finalización del sorteo. El ganador del sorteo será seleccionado mediante la aplicación de Easypromo, que procederá a extraer aleatoriamente de la base de datos que contenga el nombre de todos los Participantes de la Promoción, el nombre de 1 Ganadores y de 2 suplentes, utilizando para ello las mecánicas propias de la plataforma de EasyPromo.

 

La COMPAÑÍA o los agentes que tenga contratados para la gestión de la Promoción comunicarán al Ganador que ha resultado agraciado con el premio que se detalla en estas bases durante los 7 días naturales posteriores a la finalización del sorteo a través de un correo electrónico. Y será la Compañia quien se encargará de gestionar el cargo del crédito a la cuenta de ganador inscrito en el sorteo.

En ningún caso podrá ser entregado el premio a personas distintas de aquéllas que hayan resultado Ganadoras de la Promoción o, en su caso y de conformidad con lo dispuesto a continuación, los suplentes.

No podrán ser Ganadores de la Promoción el personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán ser Ganadores los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.

El ganador del sorteo tendrá 15 días naturales para aceptar el premio. Si pasada esa fecha no confirma la aceptación, pasará al primer suplente el cual tendrá también 15 días a partir de la fecha de comunicación para aceptarlo. Y si no hay respuesta, pasa al segundo suplente que también tendrá otros 15 días naturales. En caso de que ninguno responda, quedará desierto.

En todo caso, el Ganador se compromete a preservar la buena imagen y reputación de la COMPAÑÍA o de cualquiera de sus marcas.

 

NOVENO. - CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

9.1.- Legitimación

 

  • Podrán participar en esta Promoción las personas físicas que sean consumidores finales de los productos promocionados, siempre que sean mayores de 18 años y residan legalmente en España.

 

  • La identidad, mayoría de edad y residencia serán corroborados mediante la presentación del D.N.I. u otro documento acreditativo de la identidad de las personas físicas, en el momento de entrega del premio.

 

9.2.- Limitaciones a la participación

 

  • La COMPAÑIA queda facultada para excluir a los Participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de la COMPAÑÍA, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.

 

  • En particular, la COMPAÑÍA queda facultada a excluir de la Promoción al personal laboral, becarios, distribuidores, subcontratistas y demás agentes o representantes de la COMPAÑÍA, de las agencias encargadas del desarrollo de la Promoción o de cualesquiera otras entidades que hayan intervenido en el desarrollo de la Promoción. Tampoco podrán participar en la Promoción los familiares de las anteriores personas hasta el segundo grado de consanguinidad.

  

  • Los datos facilitados por los Participantes, deberán ser veraces. Dado que los datos son esenciales para la participación en la presente Promoción, en el caso de que los mismos fueran falsos, la COMPAÑÍA podrá eliminar al Participante de la Promoción. En caso de que no haya sido detectada la falsedad de los datos y el Participante resulte ganador de un premio de la presente Promoción, el Participante quedará igualmente excluido de la Promoción.

 

  • En los casos indicados anteriormente, los Participantes excluidos perderán su derecho al premio. En caso de que dichos Participantes hayan resultado Ganadores de la Promoción, al ser excluidos, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.

 

9.3.- Aceptación de las bases legales

 

  • El mero hecho de participar en esta Promoción implica la aceptación en su totalidad y sin reservas de las presentes bases y del criterio de la COMPAÑIA en cuanto a la resolución de cualquier cuestión derivada de la Promoción.

 

  • La COMPAÑIA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento los cambios que entienda oportunos en las presentes bases, incluyendo a título meramente enunciativo, pero no limitativo, la anulación, repetición, ampliación, aplazamiento o modificación de estas. Dicha situación se pondrá convenientemente en conocimiento de los Participantes a través de los mismos medios en los que se haya comunicado la celebración de la Promoción, quedando eximida la COMPAÑIA de toda obligación o compensación económica respecto a los Participantes.

 

9.4.- Del premio de la Promoción, su aceptación y cesión

 

  • El premio objeto de la presente Promoción, es intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a instancia de los Ganadores, siendo el Ganador la persona que disfrute del mismo, salvo autorización expresa de la COMPAÑIA.

 

  • Una vez entregado al Ganador, el premio no podrá ser objeto de negocios jurídicos celebrados con fines comerciales o publicitarios.

 

  • Las imágenes o vídeos en los que aparezcan publicitados los premios de la Promoción pueden reflejar bienes o servicios con características sensiblemente distintas a aquéllos que constituyan los premios a ser entregados, no derivándose de ello para la Compañía una obligación contractual o legal de entregar como premio exactamente el bien o servicio que aparezca reflejado en tales imágenes o vídeos.

 

  • La COMPAÑÍA podrá solicitar al Ganador de la presente Promoción la aceptación escrita del premio. El Ganador podrán renunciar al premio ganado, si bien dicha renuncia, deberá constar por escrito y ser firmada asimismo por el ganador. En caso de que el Ganador renuncie al premio, el premio pasará al primer suplente y así sucesivamente hasta agotar el número de suplentes. Si se agotan todos los suplentes, la Promoción se declarará desierta.

 

  • En el supuesto de que estas Bases regulen un determinado período durante el que se pueda disfrutar de los premios, éste deberá ser respetado por los Ganadores, sin que quepa la posibilidad de modificarlo como se ha mencionado previamente el punto 6 previamente descrito.

 

  • Si la compañía lo considera necesario, se podrá dejar algún premio desierto.

 

  • El premio se entregarán exclusivamente dentro del territorio nacional en la dirección que la COMPAÑÍA indique al Ganador o, en su caso, suplentes en el momento de la notificación del premio.

 

  • El período de reclamación del premio finaliza transcurridos quince (15) días naturales desde que los consumidores reciban la notificación de que ha resultado agraciado con el premio en la dirección que hayan facilitado a tal efecto. El Ganador podrán reclamar el premio dirigiéndose a info@ibericosmontesano.es o llamando al número 649 524 893.

 

 

9.5.- Derechos de propiedad intelectual

 

  • Los Participantes garantizan expresamente, con total indemnidad para la COMPAÑÍA, la autoría y originalidad de cualesquiera de las obras remitidas como consecuencia de esta Promoción, y que las mismas no son copias ni modificación total o parcial de ninguna obra o marca protegible, ni que las mismas se hallan sometidas a ninguna otra promoción o concurso, resuelto o pendiente de resolución.

 

9.6.- Derechos de imagen

 

  • Los Participantes autorizan de forma irrevocable y gratuita a la COMPAÑÍA a reproducir, utilizar y difundir su nombre, apellidos en cualquier actividad publicitaria y/o promocional para su tratamiento a través de cualquier sistema y soporte que permita fijar, insertar, difundir, reproducir, divulgar, comunicar y explotar públicamente el diseño obtenido conjuntamente con la imagen de la COMPAÑIA, todo ello sin ningún tipo de limitación temporal ni territorial y sin que dé lugar a ningún tipo de remuneración o contraprestación por la COMPAÑIA  

9.7.- Fiscal

 

  • A los premios de la presente Promoción les serán de aplicación todas las disposiciones de carácter fiscal pertinentes, según la legislación aplicable en cada momento.

 

  • De conformidad con el Artículo 75.2.c) del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados productos o servicios, están sujetos a retención o ingreso a cuenta, según corresponda.

 

  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, la retención o ingreso a cuenta a aplicar sobre los premios cuyo valor exceda de 300 euros es de un 19% sobre la base de retención, siendo la base de retención (i) en el caso de los premios consistentes en la entrega de cantidades dinerarias, el importe de la cantidad a entregar y (ii) en el caso de los premios consistentes en la entrega de bienes o servicios, su valor o el coste que hayan tenido para la Compañía incrementado en un 20%.

 

  • En este sentido, se deja expresa constancia de que, por imperativo legal, la Compañía deberá practicar las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan sobre el valor de los premios:

 

Con carácter adicional a la obligación formal de practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta, la Compañía se compromete a asumir el coste de la retención o ingreso a cuenta correspondiente al premio, sin perjuicio de que el Ganador deba responder de las demás responsabilidades fiscales que en su caso le correspondan, de conformidad con lo establecido en el apartado siguiente.

 

  • Exceptuando las obligaciones de la Compañía de practicar las retenciones e ingresos a cuenta sobre el valor de los premios, todas las demás responsabilidades fiscales que pudieran derivarse del premio serán por cuenta de los Ganadores, salvo que la legislación aplicable en cada momento disponga lo contrario.

 

9.8.- Exoneración de responsabilidad

 

  • La COMPAÑIA no se hace responsable de los daños y perjuicios derivados de la participación en esta Promoción. Consecuentemente, los Participantes de la presente Promoción, exoneran a la COMPAÑÍA, de la forma más amplia que en Derecho proceda, de cualquier tipo de responsabilidad, sanción, reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole, incluyendo la indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de gastos (con expresa inclusión de los honorarios de Letrados y Procuradores) en los que pudiere resultar implicada la COMPAÑÍA con motivo y ocasión de la presente Promoción.

  

  • La COMPAÑIA queda exonerada de toda responsabilidad derivada del mal funcionamiento de correos, de las redes de comunicación electrónicas que impidan el normal desarrollo de la Promoción por causas ajenas a la COMPAÑIA y especialmente por actos externos de mala fe. Tampoco será responsable la COMPAÑÍA por los problemas de transmisión o pérdida de datos no imputables a la misma. La COMPAÑIA no se hace responsable de los servicios que presten terceras empresas con motivo y ocasión de la implementación de la presente Promoción.

 

  • Cuando, con motivo y ocasión de la participación en la presente Promoción, los participantes hagan uso de otras plataformas o redes sociales, deberán igualmente aceptar y respetar los términos y condiciones de las mismas.

 

  • La COMPAÑIA, procederá a la anulación de los SMS, MMS, correos electrónicos u otras comunicaciones electrónicas, incompletas, erróneas, manipuladas o pertenecientes a otras promociones.

 

  • En caso de la producción de cualquier fallo técnico u operativo que dificulte el normal desarrollo de la promoción y, en particular, que haga imposible la determinación del Ganador, la COMPAÑÍA pondrá fin a la Promoción, renunciando los participantes a interponer cualquier reclamación, demanda o causa civil, mercantil, penal, administrativa o de cualquier otra índole contra la COMPAÑÍA, persiguiendo cualquier responsabilidad, sanción, incluyendo las indemnizaciones de cualquier naturaleza y/o índole, costas o cualesquier otro tipo de resarcimiento.

 

 

9.9.- Depósito de bases y su publicación

 

  • Las presentes bases serán depositadas ante EasyPromo

 

  • Asimismo, las bases de la Promoción serán publicadas en www.ibericosmontesano.es

DÉCIMO. - PROTECCIÓN DE DATOS

  • Los datos de los participantes en la Promoción serán tratados por la compañía Montesano Extremadura S.A.
  • La finalidad principal del tratamiento de los datos personales de los participantes será la de ofrecerle experiencias y contenidos personalizados en función de sus intereses, incluyendo el envío de comunicaciones por medios electrónicos, y gestionar su participación en la Promoción y, en particular, gestionar la entrega del premio, en caso de que usted resultara premiado así como el cumplimiento de cualesquiera obligaciones fiscales o de otra índole que sean de aplicación en relación con la Promoción. Para conocer en detalle las finalidades con las que Montesano Extremadura S.A. puede tratar sus datos personales puede acceder a nuestra Política de Privacidad en la siguiente URL: https://www.ibericosmontesano.es/politica-de-privacidad/.
  • La base legal para el tratamiento de los datos personales de los participantes con la finalidad anterior será la ejecución del acuerdo contractual de participación en la promoción regulado en las presentes Bases y el consentimiento que se hubiera podido solicitar al participante.
  • Sus datos podrán ser compartidos con terceros prestadores de servicios que actuarán como encargados de tratamiento de las compañías Montesano Extremadura S.A., con las Administraciones Públicas para el cumplimiento de obligaciones legales y con aquellas entidades que puedan colaborar en la organización del premio y cuyos datos identificativos serán en todo caso dados a conocer al participante en el contexto de la promoción.
  • Los participantes podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos con relación a su información personal, tal y como se explica en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: https://www.ibericosmontesano.es/politica-de-privacidad/.
  • Puede consultar información adicional y detallada sobre como tratamos sus datos en nuestra Política de Privacidad, accesible a través de la siguiente URL: https://www.ibericosmontesano.es/politica-de-privacidad/. la cual resultará de aplicación a la presente Promoción en todo lo que no contradiga a las presentes Bases.

 

UNDÉCIMO. - LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE

  • Las Bases de la Promoción se rigen por la ley española.
  • La COMPAÑÍA y los Participantes en la Promoción, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales que les sean aplicables en base a la regulación establecida en la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento